Ley 26/2006 de 27 de Julio de Mediación en seguros:  Nombramiento

Enterado de la información facilitada en www.orraca.com/informacion, y en tanto no se revoque expresamente este encargo, nombra en su nombre y en el de aquellas personas físicas o jurídicas a las que pudiera representar, a ORRACA SAN MARTIN CORREDURIA DE SEGUROS, SL como su mediador de seguros y autoriza a

1º: que la correduría pueda recabar de las Compañías de Seguros con las que actualmente tenga pólizas en vigor, cualquier dato que sea necesario para su gestión, incluyendo copia de pólizas, así como cualquier información relativa a siniestros.
2º: tratar sus datos con el fin de poder ofrecerle la mejor cobertura aseguradora, especialmente en caso de vencimiento o cancelación de los seguros que pueda contratar con la mediación de la correduría
3º: que se traslade en su nombre a las Compañías de Seguros las comunicaciones que le haga llegar a la correduría, incluidas las de contratar, modificar o rescindir los contratos de seguro pertinentes en su nombre y en el de las empresas que representa legalmente; comunicaciones que hará llegar previamente a la Correduría por escrito.
4º que si en aplicación del artículo 12 de la Ley del Contrato de Seguro (Ley 50/80 de 8 de octubre) la compañía propone modificaciones en algunos de sus contratos por agravación del riesgo en forma de modificación de las primas y/o garantías, o rescinde el contrato de seguro, autoriza expresamente a ORRACA SAN MARTÍN CORREDURIA DE SEGUROS, SL a reemplazar la póliza modificada o rescindida por otra de características equiparables en primas y/o coberturas.

Esta comunicación rescinde todo otro acuerdo previo y mantendrá su vigencia hasta su cancelación por escrito